Las Direcciones Regionales de Educación, para el cumplimiento de sus funciones cuentan con dos departamentos: Desarrollo Educativo y Administrativo.
Cada una de las Direcciones Regionales está a su vez subdividida en unidades territoriales menores que se denominan circuitos escolares y agrupan las instituciones en ellos comprendidas, en número apropiado para la mejor administración y control, según sean definidos por las autoridades del Nivel Central.
Los circuitos escolares están a cargo de un asesor supervisor quien debe asesorar a los directores de institución educativa en la interpretación de la política educativa, los planes, programas y disposiciones emanadas del nivel superior, velar por el adecuado cumplimiento de la legislación aplicable y de los deberes y obligaciones del personal docente, técnico y administrativo de su circuito. Además, deben organizar actividades de asesoría, actualización de personal y estimular el intercambio de experiencias entre el personal de las instituciones a su cargo.
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