Control Interno

Según el ordenamiento jurídico y técnico correspondiente, es responsabilidad del jerarca y de los titulares subordinados de la institución el establecer, mantener, perfeccionar y evaluar el SCI de cada área o unidad institucional y compete a la administración activa realizar las acciones necesarias para garantizar su efectivo funcionamiento. Como parte de sus deberes cada jerarca y titular subordinado deben asegurar que dicho sistema sea al menos aplicable, completo, razonable, integrado y de conformidad con las competencias y atribuciones que le corresponde como parte de la institución.

El Departamento de Control Interno y Gestión del Riesgo, con el fin de fomentar y promover el conocimiento en materia de control interno, así como coadyuvar con el jerarca y los titulares subordinados de esta Administración en el mejoramiento del Sistema de Control Interno Institucional pone a disposición de los funcionarios este espacio, en el cual pueden encontrar:

  • Normativa general (Ley 8292, Normas de Control Interno para el Sector Publico, Directrices de la Contraloría)
  • Normativa interna (SEVRI-MEP)
  • Guías para el establecimiento del Control Interno Institucional
  • Otros documentos relacionados 

 

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Teléfono: 2256-8540

    • SEVRI-MEP 2021

    • Directriz D3-2005-CO-DFOE-SEVRI

    • Guía para el funcionamiento del SEVRI-MEP en Oficinas Centrales y Direcciones Regionales

    • Ley 8292 - Ley General de Control Interno

    • Normas de Control Interno para el Sector Público

    • Guía para la implementación del Control Interno en el Centro Educativo

    • Guía para la aplicación del SEVRI en Centros Educativos