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02
JUN
2020

MEP define criterios para indemnizar a transportistas de estudiantes

Autor: Dirección de Prensa y Relaciones Públicas

El Ministerio de Educación Pública (MEP) definió criterios para indemnizar a los transportistas de estudiantes que desde el pasado 17 de marzo no ofrecen el servicio, debido al cierre de centros educativos, como consecuencia del COVID-19.

Se estableció una fórmula que determina un pago de hasta 45% del monto presupuestado por el MEP para cada mes, según la cantidad de días lectivos, mientras se mantenga suspendida la educación presencial. El monto de la indemnización para cada ruta, queda sujeto a la presentación del reclamo y la demostración, con base en la documentación correspondiente por parte de cada transportista.

El planteamiento fue expuesto hoy por la ministra de Educación, Giselle Cruz, y el viceministro Administrativo, Steven González, en una reunión que sostuvieron con la Federación Nacional de Pequeños y Medianos Transportistas.

Los representantes de la Federación -que agrupa asociaciones y cámaras que brindan servicio de transporte estudiantil- rechazaron la propuesta, argumentando que el monto de la indemnización les resulta insuficiente, pese a no estar prestando el servicio debido a la suspensión de lecciones presenciales.

“Nuestro deber es resguardar los recursos públicos. Por eso, hemos aplicado los criterios técnicos y objetivos para afectar lo menos posible a los transportistas, y que al regresar a las aulas, el servicio no sufra ningún inconveniente”, dijo Steven González, viceministro Administrativo del MEP.

 

Aclaró que la mayoría de los rubros por transporte responden a subsidios que se les dan a los estudiantes a través de las Juntas de Educación y Administración, y no a contratos entre el MEP y los transportistas.

Según explicó González, los rubros fijos considerados para establecer el porcentaje son salarios y cargas sociales, derechos, seguros y cánones, mantenimiento de las unidades, administración de la actividad y depreciación de las unidades.

“Un transportista que brinda servicio a un centro educativo con 200 estudiantes beneficiarios, con una tarifa de mil colones por estudiante durante 20 días, percibiría, dando el servicio, ¢4 millones, mientras que sin darlo, recibiría contra reclamo, presentando la documentación pertinente, ¢1.800.000, por concepto de indemnización”, ejemplificó González.

El Programa de Transporte Estudiantil lo ejecuta MEP “a favor de los estudiantes que por su condición socioeconómica de pobreza, vulnerabilidad o exclusión social, distancia al centro educativo público y acceso de las comunidades (principalmente en áreas rurales) a los medios de transporte público u otras circunstancias concurrentes, justifique su prestación como un mecanismo para garantizar su derecho fundamental a la educación, en el marco del principio del interés superior del niño, niña y adolescente, mediante instrumentos de equidad que permitan avanzar hacia una cobertura universal de acceso y permanencia a un servicio educativo público de calidad”. (Reglamento del Programa de Transporte Estudiantil en los Centros Educativos Públicos).

En total, 1.200 transportistas dan el servicio a 164.950 estudiantes en 3.753 rutas en todo el territorio nacional.