MEP fortalece protección de sus funcionarios con nuevo reglamento contra el acoso laboral
- Normativa busca prevenir y erradicar cualquier manifestación de acoso laboral, estableciendo procedimientos claros para su denuncia, investigación y sanción.
- Nuevo reglamento representa un paso fundamental para garantizar ambientes laborales seguros y de respeto en todas las dependencias que conforman la institución.
El Ministerio de Educación Pública (MEP) reafirma su compromiso con la dignidad y los derechos de su personal, con la aprobación y publicación del Reglamento para Prevenir, Investigar y Sancionar el Acoso Laboral, un paso fundamental para garantizar ambientes laborales seguros y respetuosos en todas las dependencias de la institución.
El nuevo marco normativo, publicado en La Gaceta bajo el Decreto N° 44918-MEP, tiene como objetivo prevenir, investigar y sancionar el acoso laboral en todas las relaciones de empleo que tienen las personas trabajadoras, estableciendo procedimientos claros para su denuncia e investigación.
La nueva normativa estable que su aplicación incluye también a las personas que trabajan en puestos de confianza y, las disposiciones de este Reglamento serán aplicables a las conductas de acoso laboral que ejerzan las personas funcionarias de la institución contra terceras personas que presten sus servicios en las instalaciones del MEP, sus sedes regionales o instituciones adscritas.
“El acoso laboral es una práctica inaceptable que vulnera los derechos fundamentales de las personas trabajadoras y afecta la convivencia en nuestros espacios laborales. Con este Reglamento, estamos reforzando nuestro compromiso con un entorno seguro, equitativo y libre de violencia, donde prime el respeto y la justicia”, expresó José Leonardo Sánchez Hernández, Ministro de Educación Pública, quién destacó la relevancia de normativa.
Como parte de los aspectos que destacan en el nuevo reglamento se encuentran: definir y clasificar las diversas formas de acoso laboral, incluyendo el acoso vertical (ascendente y descendente), horizontal, mixto y moral. Establecer un procedimiento ágil y transparente para la recepción, investigación y sanción de casos de acoso. Incorporar medidas preventivas, como campañas de sensibilización y capacitaciones para el personal del MEP.
Además, impone sanciones proporcionales a la gravedad de las faltas, desde suspensiones hasta el despido sin responsabilidad patronal, así como la creación de un registro estadístico para monitorear la incidencia del acoso laboral y fortalecer estrategias de prevención.
El jerarca de Educación recalcó que este reglamento responde a la necesidad de una normativa sólida y efectiva: “Sabemos que muchas personas temen denunciar por represalias o desconocimiento de los procedimientos. Con esta nueva regulación, garantizamos un proceso seguro, confidencial y justo para quienes sufran acoso laboral”, concluyó.
Como parte de las iniciativas a desarrollar, el MEP implementará una serie de acciones para divulgar esta normativa y capacitar a su personal sobre sus derechos y mecanismos de protección. Así mismo, la Dirección de Gestión de Talento Humano, liderará la implementación de estrategias preventivas y el seguimiento de las denuncias a través del Departamento de Asuntos Disciplinarios.
El acoso laboral puede manifestarse bajo conductas u omisiones intencionales e injustificadas como: maltrato, persecución, discriminación, entorpecimiento, desprotección y abuso.
Con esta medida, la institución da un paso firme hacia una cultura organizacional basada en el respeto, y garantiza la equidad y el bienestar de todas las personas que la integran.
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Carlos Rodríguez, es abogado-notario y economista con énfasis en Administración de Negocios.
